FOTO EN FAMILIA
Un espacio 
familiar
educativo
de convivencia
informativo
de crecimiento

Las posesiones y la familia: repartir en vida o testamento

30 Septiembre 2021

Imagen tomada de: https://bit.ly/3Fe8Q5X 

Existe un momento crucial en las historias de las familias: cuando se va a hacer testamento o cuando, por no haberlo previsto con anterioridad, se reparte una herencia sin que existan registradas legalmente las últimas voluntades del fallecido. Si la familia está bien avenida es un trámite burocrático pesado, pero se resuelve. Sino es así, comienzan a surgir conflictos, y a veces muy graves.

Hoy ya no toca esperar a que usted fallezca para asegurarse de que sus herederos lo sucedan en sus bienes. Existen varias figuras jurídicas que permiten heredar en vida y evitar engorrosos trámites y cuantiosos impuestos. Para evitar posibles problemas entre la familia, los abogados recomiendan hacer testamento desde el mismo momento que una persona cuenta con patrimonio o bienes.

Veamos algunas ventajas de repartir en vida:

  • Evitarás peleas futuras. 
  • Si alguno de tus familiares está pasando momentos de escasez económica, donar es una buena manera de ayudar a tus hijos, nietos, sobrinos, etc.
  • Si quieres realizar más variaciones, por ejemplo, condiciones como quien quieres que te cuide en un futuro, establecer derechos sobre la vivienda o los bienes donados, la donación te lo permitirá.
  • Las donaciones son anulables por las causas previstas específicamente en nuestro código civil, como dejar de cumplir aquellas condiciones acordadas o la ingratitud del donatario.
  • Sabrás la tributación que se aplicará, en cambio, no sabes cuál será en el momento del fallecimiento, ya que la fiscalidad que se aplica a una donación se conoce en el momento de realizarla.
  • Si se dona en vida se beneficiará a los herederos, puesto que así se evitará que el donante pueda cambiar su voluntad en su testamento poco antes de fallecer. Además, se asegura tener plenas facultades físicas y mentales en el momento de su elaboración.

Así mismo existen desventajas. Veamos algunas de ellas:

  • Es esencial que sepas que el donar en vida implica unos costes fiscales para el donatario. Estos impuestos se pagan en la comunidad autónoma en la que reside el donatario. En el caso de que el bien sea un inmueble deberá hacerse en el lugar donde se ubique dicha vivienda o terreno. Tienes de plazo treinta días hábiles desde el día de la donación.
  • Además, aunque bastantes lo desconocen, también hay que tributar la ganancia patrimonial en el IRPF del donante. Este trámite se gestiona como una compraventa, teniendo que abonar la diferencia entre el precio de compra y el de venta.

Por lo tanto, la donación afecta fiscalmente tanto a quien la recibe como a quien la realiza.