El proximo cinco de diciembre, los jovenes entre los 14 y los 28 años elegiran por primera vez en la historia de Colombia, a los miembros de los Consejos Municipales de Juventud.
Los Consejos Municipales de Juventud son mecanismos de participación, concertación, vigilancia y control de la gestión pública e interlocución de los jóvenes ante la institucionalidad. Su importancia radica en que podrán participar en la adopción de políticas públicas.
Se establecieron en la Ley 1622 de 2013, por medio de la cual se expidió el Estatuto de Ciudadanía Juvenil, reglamentando lo concerniente al Sistema Nacional de Juventudes. La norma fue modificada por la Ley Estatutaria de 1885 de 2018. No obstante, la elección de los Consejos de Juventud no se había efectuado.
Las principales funciones de los Consejos Municipales de Juventud son:
* Actuar como mecanismos de interlocución y concertación ante la administración en los temas juveniles.
* Concertar la inclusión de las agendas de las juventudes con las respectivas autoridades políticas y administrativas.
* Ejercer veeduría y control sobre la gestión pública.
Cabe señalar que en estas elecciones únicamente están habilitados para sufragar Jóvenes entre los 14 y los 28 años previamente inscritos y que se inscriban en el censo electoral.
Por otra parte los candidato deben de cumplir con los siguientes requisitos:
* Tener entre 14 y 28 años.
* Tener domicilio, demostrar que realiza una actividad laboral, educativa o de trabajo comunitario en el territorio al cual se aspira a representar.
* Estar inscrito en una lista presentada por jóvenes independientes, por un movimiento o partido público con personería jurídica o por un proceso y práctica organizativa juvenil.
* Presentar, por lista, una propuesta de trabajo que indique los lineamientos a seguir como consejeros de juventud durante su período.
* No estar inmerso en algunas de las inhabilidades previstas por el Estatuto de Ciudadanía Juvenil.
Por último es de reseñar que el período de un consejero de juventud será de cuatro (4) años y estarán conformados por 7, 13 o 17 consejeros, según la densidad poblacional.