Con el propósito de evitar la contaminación visual a causa de la publicidad política en torno a las próximas elecciones de Congreso y cámara de Representantes, el Gobierno departamental fijó pautas, características, tamaños y condiciones para la publicidad electoral en la isla, a través del decreto 0025.
- El cual establece, 20 vallas por partido y movimientos políticos, se autoriza 20 pendones por partidos y movimientos, 10 murales siempre y cuando se cuente con autorización escrita del propietario del inmueble, los cuales no podrán exceder los 10 metros, un aviso por fachada en cada sede política.
- Se prohíbe la publicidad en templos, edificaciones gubernamentales, cruce de vías que posean semáforos, parques, plaza, no se puede grabar, pintar y pegar propaganda en árboles y bienes públicos, queda prohibida la publicidad a 50 metros de distancia de los puestos de votación, no se autoriza instalación de pintura en el pavimento de las vías…
Una vez terminado los comicios, cada candidato o partido político será responsable del retiro de la publicidad para los cuales tendrán un plazo de diez días calendario a partir de los comicios.